CMig · Artículo 37

Artículo 37del Código de Migración

Justicia Laboral

Libro I. Derechos en General · Título I. Derecho a migrar y los derechos de las personas migrantes · Capítulo III. Derecho de los trabajadores migrantes y sus familias

Todos los trabajadores migrantes tienen el derecho de acceder a las autoridades administrativas y a los tribunales laborales del país y accionar conforme las leyes nacionales vigentes.

Cómo citar

Art. 37, Código de Migración de Guatemala (Decreto 44-2016), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-37/

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Fuente

Código de Migración (Decreto 44-2016 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial (texto del Decreto 44-2016 publicado). Fecha de corte no indicada en la fuente.