Artículo 74 de la Ley de Áreas Protegidas
Atribuciones del Subsecretario Ejecutivo
Reformado
Título IV. Del organo de direccion y encargado de la aplicacion de esta ley · Capítulo II. Organización y atribuciones
Instituto Nacional de Bosques · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El Secretario Ejecutivo estará asistido por el Subsecretario quien será nombrado por el Secretario Ejecutivo, y tendrá las mismas calidades de éste, con funciones especificas determinadas en el reglamento de esta ley. En caso de incapacidad, impedimento o ausencia temporal del Secretario, hará sus veces el Subsecretario.
Historial de reformas
- 1996
Reformado
Decreto 110-96, art. 21
- Corte
Texto según la fuente
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Nota de la fuente: * Reformado por el Artículo 21 del Decreto Número 110-96 del Congreso de la República