Artículo 115del Ley de Armas y Municiones
Depósito ilegal de armas de fuego de uso civil y/o deportivas
Título VI. Delitos, faltas, penas y sanciones · Capítulo III. Sobre la tenencia y transporte
Comete delito de depósito ilegal de armas de uso civil y/o deportivas, quien sin haberlas registrado en la DIGECAM, tenga en su poder tres (3) o más armas de esta clase.
El responsable de este delito será sancionado con prisión de cinco (5) a ocho (8) años inconmutables y comiso de las armas.