LAM · Artículo 115

Artículo 115del Ley de Armas y Municiones

Depósito ilegal de armas de fuego de uso civil y/o deportivas

Título VI. Delitos, faltas, penas y sanciones · Capítulo III. Sobre la tenencia y transporte

Comete delito de depósito ilegal de armas de uso civil y/o deportivas, quien sin haberlas registrado en la DIGECAM, tenga en su poder tres (3) o más armas de esta clase.

El responsable de este delito será sancionado con prisión de cinco (5) a ocho (8) años inconmutables y comiso de las armas.

Cómo citar

Art. 115, Ley de Armas y Municiones de Guatemala (Decreto 15-2009), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-de-armas-y-municiones/articulo-115/

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Fuente

Ley de Armas y Municiones (Decreto 15-2009 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed., al 31 de mayo de 2025.