LEPP · Artículo 74

Artículo 74del Ley Electoral y de Partidos Políticos

Inscripción

Libro Dos. Organizaciones políticas · Título Dos. Partidos políticos · Capítulo Cinco. Inscripción de los partidos políticos

Firme la resolución final que declare procedente la inscripción de un partido político, el expediente será enviado al Departamento de Organizaciones Políticas para que le dé debido cumplimiento.

Cómo citar

Art. 74, Ley Electoral y de Partidos Políticos de Guatemala (Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-electoral/articulo-74/

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Fuente

Ley Electoral y de Partidos Políticos (Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente). Texto según Tribunal Supremo Electoral (edición 2023). Fecha de corte no indicada en la fuente.