CMig · Artículo 204

Artículo 204del Código de Migración

Prohibición de cremación

Libro II. Sistema y Políticas Migratorias · Título II. Procedimientos · Capítulo V. Procedimiento para la atención de familias de personas reportadas como desaparecidas a causa de la migración

Las autoridades tienen prohibido autorizar la cremación de los cuerpos de las personas migrantes extranjeras para su repatriación al país de origen.

Las autoridades guatemaltecas tienen prohibido autorizar la cremación de los cuerpos de los guatemaltecos fallecidos en el exterior previo a su repatriación al país.

Cómo citar

Art. 204, Código de Migración de Guatemala (Decreto 44-2016), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-204/

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Fuente

Código de Migración (Decreto 44-2016 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial (texto del Decreto 44-2016 publicado). Fecha de corte no indicada en la fuente.