Artículo 76del Código Procesal Civil y Mercantil
Recursos y razonamientos
Libro Primero. Disposiciones generales · Título IV. Los actos procesales · Capítulo III. Notificaciones
En las notificaciones no se admitirán razonamientos ni interposición de recursos, a menos que en la ley o en la resolución se disponga otra cosa.