Artículo 16 de la Ley Orgánica del Banguat
Vacancia
Título II. Direccion, administracion y ejecucion · Capítulo I. Direccion
Banco de Guatemala · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
En caso de vacancia, por muerte, renuncia, incapacidad, remoción u otra imposibilidad permanente para ejercer el cargo de miembro de la Junta Monetaria, se nombrará o elegirá, según sea el caso, a un nuevo miembro, para completar el período respectivo.