Artículo 22 de la Ley Orgánica del Banguat
Asesores permanentes
Título II. Direccion, administracion y ejecucion · Capítulo I. Direccion
Banco de Guatemala · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El Gerente General del Banco de Guatemala y el Superintendente de Bancos serán asesores permanentes en las sesiones de la Junta Monetaria, la que, además, podrá designar a otros asesores permanentes que estime estrictamente necesarios. Los asesores permanentes participarán con voz, pero sin voto, en las sesiones de la Junta Monetaria.