LOIGSS · Art. 46

Artículo 46 de la Ley Orgánica del IGSS

Capítulo V. Recursos y sistema financiera

Organismo Judicial · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología

La tasa de interés usada en las previsiones actuariales del Instituto, no debe ser superior al rendimiento medio que razonablemente se espere de las inversiones para un largo período de años.

Cómo citar

Art. 46, Ley Orgánica del IGSS de Guatemala (Decreto 295), codicegt.com/ley-organica-igss/articulo-46/

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Fuente

Ley Orgánica del IGSS (Decreto 295 del Congreso de la República). Texto según Organismo Judicial (CENADOJ), PDF del Decreto 295 con notas de reforma (copia archivada en Internet Archive).

Fuente oficial: Decreto 295 y sus reformas (Decreto 11-04) — IGSS (igssgt.org).

Texto del Decreto 295 con las reformas que anota el Organismo Judicial: Decreto 15-89 (art. 9, inciso f) y Decreto 11-04 (arts. 16 y 18). La edición no declara fecha de corte.

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