Artículo 76del Ley contra la Delincuencia Organizada
Restitución de los bienes
Título Cuarto. Medidas precautorias · Capítulo Primero. Medidas precautorias
La víctima podrá solicitar que se le restituyan sus bienes secuestrados o embargados, producto de la actividad delictiva en los procesos instruidos por delitos cometidos por grupos delictivos organizados, siempre que acredite que se le despojó de sus bienes en la comisión de la actividad ilícita.