Artículo 41 de la Ley de Competencia
Incompatibilidad
Título II. Superintendencia de competencia · Capítulo II. Directorio · Sección I. Disposiciones generales
Superintendencia de Competencia · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Los cargos de director, titular o suplente, y superintendente son incompatibles con el ejercicio de cualquier otro cargo público o privado, ya sea remunerado o ad honorem, con excepción de los cargos de carácter docente o que se deriven de mandato legal o de reglamentos y demás disposiciones aplicables emitidos por el Directorio.