CódiceLeyes de Guatemala

Portar un arma sin licencia

Los artículos clave, en el orden en que conviene leerlos. Cada nota dice de qué trata el artículo; lee siempre el texto completo. No es asesoría legal.

  1. Art. 123 · Ley de Armas y Municiones Portación ilegal de armas de fuego de uso civil y/o deportivas Sanciona con 8 a 10 años de prisión portar arma de fuego de uso civil sin licencia de la DIGECAM. Comete el delito de portación ilegal de armas de fuego de uso civil y/o deportivas, quien sin licencia de la DIGECAM o sin estar autorizado legalmente porte armas de fuego de las clasificadas en esta Ley como de uso…
  2. Art. 72 · Ley de Armas y Municiones Licencia Exige obtener licencia de portación previa para portar armas de fuego permitidas por la ley. Los ciudadanos, para portar armas de fuego de las permitidas en la presente Ley, deben obtener previamente la licencia de portación. La licencia puede cubrir y amparar hasta tres (3) armas diversas, que deberán ser…
  3. Art. 130 · Ley de Armas y Municiones De la portación de un arma de fuego sin la licencia correspondiente Sanciona como falta portar arma con licencia vigente pero sin llevarla consigo. Comete falta la persona que teniendo licencia para portación de arma de fuego, porte ésta, sin llevar consigo la licencia respectiva, siempre y cuando ésta esté vigente. En este caso las fuerzas de seguridad constatarán…
  4. Art. 131 · Ley de Armas y Municiones Portación ostentosa de arma de fuego Sanciona como falta portar el arma de forma visible u ostentosa en vez de encubierta. Las personas con licencia de portación de arma, deberán portarla encubierta y sin ostentación. Comete falta de portación ostentosa o intimidatoria, la persona que ostente una o más armas y/o sus accesorios, portándolos…